miércoles, 20 de abril de 2016

Criterios y orientaciones de adecuación curricular

a) Adecuaciones curriculares de acceso:  Reducen o eliminan las barreras a la participación, al acceso a la información,expresión y comunicación,facilitando así el progreso en los aprendizajes curriculares y equipando las condiciones con los demás estudiantes,sin disminuir las expectativas de aprendizaje. Generalmente, las adecuaciones curriculares de acceso ,son utilizadas por los estudiantes tanto en el colegio, como en el hogar y en la comunidad.
Criterios  a considerar:
-Presentación de la información.
-Formas de respuestas.
-Entorno.
-Organización del tiempo y horario


b)Adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje: Los O.A. pueden ser ajustados en función de los requerimientos específicos de cada estudiante con  relación a los aprendizajes prescritos en las distintas asignaturas del grupo curso de pertenencia. Los objetivos de aprendizajes expresan las competencias básicas que todo alumno debe alcanzar en el transcurso de su escolaridad. En consecuencia,deben adoptarse como resultado de un proceso de evaluación amplio y riguroso y de carácter interdisciplinario. Es importante evitar la eliminación de O.A. que se considera integral para el desarrollo del estudiante.
Criterios a considerar:
-Graduación del nivel de complejidad.
-Priorización de objetivos de aprendizajes y contenidos.
-Temporalización
-Enriquecimiento del curriculum.
-Eliminación de Aprendizaje

Respuestas Educativas a la Diversidad

a) Proporcionar múltiples medios de presentación y representación : El docente reconoce y considera diversas modalidades sensoriales, estilos de aprendizajes,intereses y preferencias. La planificación debe considerar diversas formas de presentación de las asignaturas escolares, que favorezcan la comprensión y representación de la información a todos los estudiantes.

b) Proporcionar múltiples medios de ejecución y expresión: El docente considera todas las formas de comunicación y expresión. Al proporcionar variadas alternativas de ejecución de las actividades y de la diferentes tareas,permitirá a los estudiantes responder con los medios de expresión que prefieran.

c) Proporcionar múltiples medios de participación y compromiso: El docente ofrece distintos niveles de desafios y de apoyos, tales como : fomentar trabajos colaborativos e individuales, formular preguntas que guían a los estudiantes en las interacciones y proporcionar estrategias alternativas.

Conceptualizacion de Necesidades educativas Especiales


El concepto de NEE implica una transición en la comprensión de las dificultades de aprendizaje, desde un modelo centrado en el déficit hacia un enfoque propiamente educativo , 
Se entenderá por alumno(a) que presenta Necesidades Educativas Especiales, a aquel que precisa ayudas y recursos adicionales, ya sea humanos, materiales o pedagógicos, para conducir su proceso de desarrollo y aprendizaje.

Las necesidades educativas especiales, pueden ser de carácter permanentes y transitorias:

- Necesidades educativas especiales de carácter permanente:  Son aquellas barreras para aprender y participar,diagnosticadas por profesionales competentes, que determinados por estudiantes experimentan durante toda su escolaridad y que demandan al sistema educacional la provisión de apoyos y recursos adicionales o extraordinarios para asegurar su aprendizaje escolar.

Necesidades educativas especiales de carácter transitorio:   Son dificultades de aprendizaje que experimentan los estudiantes en algún momento de su vida escolar, diagnosticada por profesionales competentes, que demandan al sistema educacional. Estas pueden presentarse asociadas a dificultades de aprendizaje Trastornos específicos del Lenguaje, déficit atencional y coeficiente intelectual Limítrofe.

Principios y definiciones que orientan los criterios y orientaciones de A.C.

a) Igualdad de oportunidades: El sistema ofrece la posibilidad de desarrollarse como personas libres,con conciencia de su propia dignidad y como sujetos de derechos, y constribuir a que todos los estudiantes tengan la oportunidad de desarrollar plenamente su potencial.

b) Calidad educativa con equidad: El sistema debe propender a que todos los estudiantes alcancen los objetivos generales que estipule la ley General de Educación, independiente de  sus condiciones y circunstancias.

c) Inclusión educativa y valoración de la diversidad: Debe promover y favorecer el acceso, presencia, y participación de todos los alumnos y alumnas, especialmente de aquellos que por diversas razones, se encuentran excluidos o en situaciones de riesgo de ser marginados.

d) Flexibilidad en la respuesta educativa: El sistema debe proporcionar respuestas educativas flexibles,equivalentes en calidad,que favorezcan el acceso, la permanencia y el progreso de todos los estudiantes.


domingo, 17 de abril de 2016

Decreto 83: presenta cinco artículos y una disposición transitoria:

ARTÍCULO 1º: Establécense los siguientes criterios y orientaciones de adecuación curricular para la educación parvularia y la educación general básica, cuyo texto se acompaña en Anexo que forma parte integrante del presente decreto, con el propósito de favorecer el acceso al currículo nacional de los estudiantes con necesidades educativas especiales. 

ARTÍCULO 2º: Los criterios y orientaciones señalados en este decreto están dirigidos a los establecimientos de enseñanza regular, con o sin programas de integración escolar, bajo modalidades educativas, tradicionales, especial, de adultos y a los establecimientos educacionales hospitalarios. 

ARTÍCULO 3º: Los establecimientos educacionales que impartan modalidad educativa especial y aquellos que tengan proyecto de integración (PIE) que atienden a estudiantes con necesidades educativas especiales, deberán implementar los criterios y orientaciones de adecuación curricular a que se refiere el presente decreto en los niveles de educación parvulario y educación general básica.

ARTÍCULO 4º: Los establecimientos educacionales que, de acuerdo a los criterios y orientaciones establecidos en este decreto, implementen adecuaciones curriculares para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales, deberán aplicarles una evaluación de acuerdo a dichas adecuaciones, accesible a las características y condiciones individuales de los mismos. Una vez finalizado este proceso de evaluación, el establecimiento educacional entregará a todos los estudiantes una copia del certificado anual de estudios que indique las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015 -7- Los resultados de la evaluación, calificación y promoción de los estudiantes con necesidades educativas especiales quedarán registrados en los instrumentos que el Ministerio de Educación establezca para todos los estudiantes del sistema escolar, de acuerdo a la normativa específica y al reglamento de evaluación de cada establecimiento. 

ARTÍCULO 5º: Continuarán vigentes los decretos exentos Nº89, de 1990; Nº637, de 1994; Nº86, de 1990; Nº87, de 1990, todos del Ministerio de Educación, sólo en lo que se establezca para el ciclo o nivel de formación laboral, y hasta la total tramitación del acto administrativo que apruebe los criterios y orientaciones de adecuación curricular para la educación media. 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ARTÍCULO PRIMERO: Los criterios y orientaciones de adecuación curricular para los estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica que trata el presente decreto, entrarán en vigencia gradualmente en el año escolar 2017 para el nivel de educación parvularia, 1º y 2º año básico; en el año escolar 2018 para 3º y 4º año básico y para el año escolar 2019, 5º año básico y siguientes. No obstante lo anterior, aquellos establecimientos educacionales que deseen aplicar los criterios y orientaciones, podrán hacerlo a partir de la publicación de este decreto.


Vídeo para reflexionar sobre la Educación Inclusiva: